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domingo, 3 de abril de 2022

(Nº XII-A) REGULACIÓN LEGISLATIVA PARA EL CULTIVO DEL ARROZ.

GENTES, COSTUMBRES, FOLCLORE, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS, PAISAJES Y TIERRAS DE LA PROVINCIA CASTELLÓN:

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR"; "HISTORIAS DEL MAR"; “ESPIGOLANT CULTURA: Taller de historia, memorias, crónicas históricas, patrimonios, humanidades, ...."; y otras historias.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DE TORREBLANCA Y TORRENOSTRA.

(Proyecto): DATOS PARA LA HISTORIA DEL PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA).

"LA UNIDAD MÍNIMA DE CULTIVO TRADICIONAL DEL ARROZ, AÑO 1958".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.... ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B. cronista histórico).

- (En homenaje a mi tierra, a mi país, a sus gentes, a sus memorias y a su historia).

INTRODUCCIÓN TEMÁTICA: EL CULTIVO DEL ARROZ EN EL PRAT DE CABANES Y TORREBLANCA: La introducción y la implantación del cultivo del arroz en el Prat de Cabanes y en el Prat de Torreblanca de la mano de familias valencianas, comporto la más grande transformación de esta zona de  humedal, y fue históricamente el mayor desarrollo agrícola habido en los terrenos pantanosos del Prat. En el año 1954, Torreblanca tenía 2.040 fanegadas plantadas de arroz, datos de la Cooperativa Arrocera de Castellón del año 1954. La hanegada valenciana o "fanecá" en valenciano, equivale a 833’33 metros cuadrados, “quatre fanecades son un jornal de terra”. La medida más popular de identificar la extensión o superficies de tierra entre los agricultores de Torreblanca era el “Jornal de tierra”, que equivale a 3333, 33 m2, que son cuatro hanegadas valencianas o "fanecades", el jornal equivale al jornal de labranza de un día de un hombre arando con una sola caballería.

El arroz en el cancionero popular: 

"TORREBLANCA SE HACE GRANDE". 

- "Torreblanca se hace grande sin pretextos ni escusas desde que ha actuado en ella el diestro Carlos Arruza.

- Torreblanca ya es ciudad con empuje floreciente y han llegado a instalar, así también, la luz y el agua corriente. ”Olé y olé y la soleá”, es el pueblo más castizo que tiene hoy Castellón, su cosecha es atroz y esta ahora completada, con el cultivo del arroz"...."

.....y a partir de aquí siempre hemos llegado tarde".

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. B.O.E.—Núm. 141, de 13 junio de 1958. MINISTERIO DE AGRICULTURA. ORDEN de 27 de mayo de 1958 por la que se fija la superficie de la unidad mínima de cultivo para cada uno de los términos municipales de las distintas provincias españolas. 

- La Ley de 15 de julio de 1954 sobre unidades mínimas de cultivo, establece en su artículo primero que la extensión de éstas, dentro de cada zona o comarca de las diferentes provincias, ha de fijarse por Decreto aprobado en Consejo de Ministros en cumplimiento de esta disposición y por Decreto de 25 de marzo de 1955, se determinaron los límites máximos y mínimos entre los cuales debe estar comprendida la superficie asignada a la unidad mínima de cultivo dentro de las comarcas pertenecientes a las diferentes provincias, facultando en su artículo cuarto al Ministerio de Agricultura para fijar la extensión de la unidad mínima de cultivo en dichas comarcas. 

- El Decreto de 22 de septiembre de 1955 faculta al Ministerio de Agricultura para reducir los limites mínimos que establece el artículo primero del Decreto de 25 de marzo de 1955 cuando se trate de terrenos que, por estar dedicado a cultivos especiales hayan adquirido un valor excepcionalmente elevado en relación con su superficie. 

- Esta circunstancia se da en la parte norte de las provincias de Zamora, León. Palencia, Burgos. Soria, Álava y Huesca, zonas que tienen un régimen de lluvias análogo al de las provincias del norte de España, las cuales se consideran, a efectos de la fijación de la unidad mínima de cultivo, como zonas asimiladas al regadío por su elevada pluviosidad. Así mismo en las islas Canarias, por el elevado coste de las obras necesarias para las transformaciones en Regadío, la tierra tiene un valor excepcionalmente elevado. 

- Y fijándose en este caso igual que en el anterior, una superficie para la unidad mínima de cultivo inferior al mínimo establecido en el ya citado Decreto de 25 de marzo de 1955. También en las Islas Baleares se establece una unidad inferior al mínimo señalado para esta región, por estar destinada una parte muy importante del terreno a cultivos arbóreos. 

- Las Comisiones provinciales creadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo del referido Decreto de 25 de marzo de 1955 han estudiado y propuesto la extensión que debía asignarse a las unidades mínimas de cultivo dentro de las comarcas por ellas establecidas, y el Servicio de Concentración Parcelaria ha emitido el informe previsto en el citado Decreto de 25 de marzo de 1955. 

- En su virtud. Este Ministerio, de conformidad con lo informado por el Servicio de Concentración Parcelaria, se ha servido disponer:

- 1º. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de 15 de Julio de 1954 y en los Decretos de 25 de marzo y 22 de septiembre de 1955, se fijan las unidades mínimas de cultivo que se expresan a continuación en las provincias y términos que también se especifican, agrupando los términos de cada provincia según la unidad mínima de cultivo que se señala para los mismos:

PROVINCIA DE CASTELLÓN.

Grupo 1º. Unidad mínima de cultivo que se fija: Secano, 2,00 hectáreas. Regadío, 0,20 hectáreas. Términos municipales: Alcalá de Chivert, Alcudia de Veo, Almazora, Almenara, Arañuel, Argelita, Artana, Ayodar, Bechi, Benicarló, Benicasim, Burriana, Cabanes, Campos de Arenoso, Castellón de la Plana, Cirat, Chilches, Eslida, Espadilla, Fanzara, Fuente la Reina, Fuentes de Ayodar, Llosa (La), Moncófar, Montán, Montanejos, Nules, Onda, Oropesa, Peñíscola, Puebla de Arenoso, Ribesalbes, Sueras, Tales, Toga, Torralba del Pinar, Torreblanca, Torrechiva, Vallat, Vall de Uxó, Villamalur, Villarreal, Villavieja, Vlnaroz.

Grupo 2º. Unidad mínima de cultivo que se fija: Secano, 2,50 hectáreas. Regadío, 0,20 hectáreas Términos municipales: Adzaneta, Ahín, Albocácer, Alcora, Alfondeguilla, Algimia de Almonacid, Almedíjar, Altura, Azuébar, Ballester, Barracas, Begís, Bel, Benáfer, Benafigos, Benlloch, Bójar, Borriol, Calig, Canet lo Roig, Castell de Cabres, Castellnovo, Castillo de Villamalefa, Catí, Caudiel, Cervera del Maestre, Corachar, Cortes de Arenoso, Costur, Cuevas de Vinromá. Culla, Chert, Chodos, Chovar, Figueroles, Fredes. Gaibiel, Gátova, Geldo, Higueras, Jana (La), Jérica, Lucena del Cid, Ludiente, Matet, Navajas, Pavías, Pina de Montalgrao, Puebla de Benifasar, Puebla-Tornesa, Rosell, Sacañet, Salsadella, San Jorge, San Mateo, San Rafael del Río, Santa Magdalena de Pulpis, Sarratella, Segorbe, Sierra-Engarcerán, Soneja, Sot de Ferrer, Teresa, Tirig, Torás, Toro (El), Torre de Embesora, Torre de Endomenech, Traiguera, Useras, Vall d’Alba, Vall de Almonacid, Vallibona, Villafamés, Villahermosa del Río. Villanueva de Alcolea. Villanueva de Viver, Villar de Canes, Viver, Zucaina.

Grupo 3º. Unidad mínima de cultivo que se fija: Secano. 3,00 hectáreas. Regadío. 0,20 hectáreas Términos municipales: Ares del Maestre, Benasal, Castellfort, Cinco-Torres, Chiva de Morella, Forcall, Mata de Morella (La), Morella, Olocau del Rey, Ortells, Palanques, Portell de Morella, Todolella, Villafranca del Cid, Villores, Vistabella del Maestrazgo, Zorita del Maestrazgo.

2.) Las unidades mínimas de cultivo que se establecen en la presente disposición no serán aplicables a las zonas en las que haya sido declarada o se declare la concentración parcelaria, donde se fijará en cada caso por el Ministerio de Agricultura, conforme a los preceptos de la Ley de 10 de agosto de 1955, con el límite máximo que señala el artículo tercero de la Ley de 20 de diciembre de 1952, salvo que en esta Orden ministerial se fije un límite mayor.

 Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid, 27 de mayo de 1958. CANOVAS,  Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento. 

ARCHIVOS FOTO-IMAGEN:



Francisco Martí plantando arroz, es el segundo por la derecha.






Francisco Martí (á.) "Espartero".


jueves, 23 de julio de 2020

AÑO 1857: (N.º XI-A) TÉCNICAS ANTIGUAS PARA EL CULTIVO TRADICIONAL DEL ARROZ EN EL PRAT DE CABANES, AÑO 1857 .

GENTES, COSTUMBRES, FOLKLORE, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN:

EN HOMENAJE A MI TIERRA Y A MI PAÍS....

Por: JUAN E. PRADES BEL, autor de los proyectos: "RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR"; "HISTORIAS DEL MAR"; “ESPIGOLANT CULTURA: Taller de historia, memorias, crónicas, patrimonios y humanidades"; y otras historias.

(Temáticas): DATOS PARA LA HISTORIA DEL PARQUE NATURAL DEL PRAT DE CABANES-TORREBLANCA (CASTELLÓN, ESPAÑA).

"ANALISIS TÉCNICO-DIVULGATIVO DEL AÑO 1857, INFORMANDO SOBRE LAS TÉCNICAS DEL CULTIVO TRADICIONAL DEL ARROZ EN ESPAÑA, ITALIA Y CHINA".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL. ("Las historias escritas que me acompañan, me ayudan a pensar, a imaginar, a vivir, y a experimentar un mundo de vidas muy diferentes a la mía". J.E.P.B.). 

INTRODUCCIÓN: Un artículo de enseñanza de agricultura publicado en el año 1857, relata un pormenorizado análisis técnico-informativo sobre el cultivo tradicional del arroz en el siglo XIX. Dicho análisis de campo nos revela las formas, los métodos y las técnicas de cultivar el arroz en el siglo XIX. España era una sociedad agraria en esos tiempos, y la mejora del campo y la implantación de nuevos cultivos y métodos agrónomos, y de comercialización, y exportación de los frutos, hacía, que la divulgación de conocimientos agrarios y la enseñanza agrónoma, fuese pública y muy notoria, con el fin de tratar de mejorar los resultados de las producciones agrarias españolas.


TEMATICAS: La intención que motiva este trabajo, es el de aportar datos históricos fehacientes, para un mejor conocimiento popular, entendimiento general, y recreación memorial de los avatares de las historias vividas en el territorio de humedal llamado el Prat, un paisaje hoy yermo, declarado actualmente como Parque Natural del Prat de Cabanes-Torreblanca (Castellón, España) desde el 27 de diciembre de 1994. Una de las grandes transformaciones históricas y el mayor desarrollo agrícola de estos terrenos yermos pantanosos del Prat, fue la implantación del cultivo del arroz. Los siguientes textos acercan al pensamiento y al manual de enseñanza y divulgación de las técnicas y los procesos de trabajo del siglo XIX para los cultivadores de arroz. El poder acceder a leer el manual nos instruye arqueológicamente a los procesos empleados por los agricultores para su cultivo; las fases vegetativas, las técnicas tradicionales y los trabajos manuales. Juan E. Prades Bel.

EL CULTIVO DEL ARROZ EN 1857, ARTICULO DIVULGATIVO AGRONOMO. 
PUBLICADO EN EL AÑO 1857. GRANDES CULTIVOS:
EL ARROZ: Una de las condiciones más indispensables para obtener buenas cosechas de cereales, es que esté perfectamente seco el suelo en que se cultivan, puesto que el exceso de humedad de la tierra opone un obstáculo invencible a la vegetación de todas las plantas de grano farináceo. Lo contrario sin embargo sucede con el arroz, que ni germinar, ni desarrollarse, ni sazonar puede, como no se le tenga constantemente sumergido en agua que se remueve con frecuencia. 
- Es cierto que en algunos países montuosos de Asia existe una variedad que parece ser una excepción de esta regla. A esta variedad se ha dado el nombre de arroz de secano, y se ha atribuido durante mucho tiempo la facultad de fructificar en las mismas condiciones que el trigo; pero hoy es cosa poco menos que demostrada ya que si hay alguna especie de arroz, que no necesite agua hasta el punto de estar siempre nadando en ella, no hay especie que pueda resistir ni aún por poco tiempo a una completa sequía.
- Esta cuestión bastante debatida en España y fuera de España, está sin embargo todavía por resolver de una manera absoluta.
- Ateniéndome pues a lo que en la actualidad existe, y a lo que a todo el mundo es dado ver, diré que el arroz es una planta esencialmente acuática, que exige pocos estiércoles, y que da productos considerables. 
- Esto, no obstante, todos los Gobiernos de Europa se han opuesto más o menos abierta o enérgicamente a su cultivo cada vez que se ha tratado de ensayarlo. 
- La verdad es que, por donde quiera que se ha introducido, ha diezmado las poblaciones circunvecinas con enfermedades, contra las cuales son impotentes todos los recursos de la medicina.
- El cultivador de arroz cargado de achaques precoces, pasa a veces de la adolescencia a la decrepitud, sin llegar nunca a la edad normal de los países sanos.
- A pesar de lo que acabo de decir creo que temporalmente puede aceptarse el cultivo de esta planta, que por la circunstancia particular de exigir nivelaciones hechas con mucho cuidado, es un paso dado para la sanificación y aprovechamiento ulterior de los terrenos naturalmente pantanosos, y su conversión en prados artificiales, tan útiles seguramente, y tan productivos en un sistema de labor bien entendido, como lo son los arrozales en el fatal que se sigue hoy.
- Para el cultivo del arroz dos son los métodos más usuales; uno el seguido en nuestro reino de Valencia, que es, con algunas modificaciones, el adoptado en Italia, del cual voy a hablar ahora; y otro, que es el seguido en China, del cual me ocuparé luego.  
- El terreno destinado para la siembra de arroz debe ante todo estar perfectamente nivelado; para hacer esta operación más sencilla y menos costosa, se divide el campo en cuadros de mediana extensión, rodeados por caballones de tierra destinados a retener las aguas; hecho esto se da una ligera labor.
- Hemos dicho cuál es el mejor terreno que con viene al arroz; la época de su siembra es por lo común desde principios de Abril, hasta mediados de Junio.
- Por los campos cubiertos a la sazón de una capa de agua, pasa entonces un caballo tirando de una especie de trineo que la revuelve inmediatamente, detrás de este caballo llega el sembrador con la semilla que echa al vuelo.
- Las moléculas terrosas suspendidas en el agua, bastan para cubrir el grano cuando por su propio peso se depositan en el suelo.
- Por cada fanega de tierra se emplea para esta operación fanega y media o dos de grano, el cual se tendrá antes cuidado de poner durante unos días, para que se hinche, en un foso lleno de agua estancada.
- Para favorecer la germinación hay cultivadores, que, dando salida a las aguas inmediatamente después de la siembra, dejan al sol que caliente directamente el suelo; más no bien se muestra el germen, es preciso tener cuidado de echarle encima una capa de agua, cuya altura aumenta a medida que crece el tallo, sin pasar nunca de un palmo.
- Cuando ya empiezan a formarse las cañas del arroz, entonces es tiempo de escardarlo; penosa operación a la cual proceden mujeres, que descalzas y metidas hasta media pierna en el fango, van recorriendo los arrozales y respirando las mefíticas emanaciones de aquellos sitios, donde contraen enfermedades que suelen acabar con ellas.
- No me detendré en hablar ahora de todos los pormenores de este cultivo, ni de los continuos desvelos que requiere, ya para mantener las aguas á un nivel constante, ya para proporcionarles un lento y no interrumpido curso, ya para bajarlas de repente cuando, agitadas por un viento impetuoso las contenidas en estos pequeños lagos, amenazan con arrancar todas las plantas de arroz.
- Sobre ninguno de estos puntos me extenderé, pues al cual se conoce en Europa, considero el cultivo del arroz como una especie de calamidad pública.
- Con el objeto de ver si, siguiendo estas indicaciones, pueden atenuarse aquellos fatales resultados, trascribo a continuación un fragmento de relación dirigida a Mr. Ciot por el abate Voisin, misionero francés, que ha residido durante ocho años en China en medio de los arrozales inundados de la provincia de Tse-Tehuen situada desde el 27 al 32° de latitud:
- Textos personales del abate Voisin: "Los arrozales en China son de dos especies: una en que se conserva el agua todo el año, aún después de cogido el arroz; otra en que se extrae para sembrar otros granos en los terrenos ocupados antes por aquel.
- La razón de conservar el agua en los primeros, es la de no tener canales para introducirla de nuevo en ellos, o bien la de no tener estiércoles con que reponer, una vez secas las tierras, los jugos perdidos, primero por efecto de las cosechas y después por efecto de la desecación.
- Alimentándose de agua estos arrozales, ya por las lluvias, ya por estanques construidos al efecto, ya también por ruedas hidráulicas que elevan el agua de los ríos. 
- La colección de los otros granos sembrados en arrozales desecados se hace por Marzo y Abril, y tengo observado que los terrenos donde se practica esto son por lo común ligeros y arenosos.
- Asimismo, he hecho la observación de que este arroz tiene el grano más pequeño y da menos producto que los demás, ya á causa de estar la tierra esquilmada por la cosecha de primavera, ya por efecto de la naturaleza del terreno.
- Paso ahora a hablar de la siembra y de las labores:  
- En los arrozales en que se conserva el agua todo el año someten el arado y la rastra inmediatamente después de la cosecha; esta operación tiene, según presumo, por objeto de activar la putrefacción de la paja y de las raíces del arroz recién cogido.
- Por este mismo tiempo se componen también las zanjas, y los caballones que circundan los arrozales. En primavera vuelven á darse dos rejas, la primera muy temprano, como seis ó siete semanas antes de la plantación, y la segunda pocos días antes de esta ; á esta segunda reja debe seguir inmediatamente un buen rastrilleo, destinado á igualar y allanar el terreno para hacer dicha plantación.
- En los arrozales que se desaguan para sembrar en ellos otra especie de grano, no se da más que dos rejas, la primera para sembrar el arroz, la segunda para los frutos que, cosechado éste, se quiere poner en la misma tierra. Bueno, es recordar aquí que en los arrozales de que voy hablando es más ligero y más suelto el terreno, como sucede en los que he visto en las inmediaciones de Tching-Tou, capital de la provincia de Tse-Tehuen.
- En este paraje, situado a los 31° de latitud, se siembra el arroz a mediados de Marzo; pero he notado que a 15 leguas más al Sur se siembra 15 días después, lo cual consiste, según dicen los habitantes del país, en que el terreno es más frio. Asimismo, pretenden estos que, para que la cosecha sea b u en a , conviene que esté la tierra un poco caldeada por el sol. Al Norte de la capital se hace también la siembra 15 días después.
- Como quiera que sea, es menester tener mucho cuidado de que la semilla que se emplea esté perfectamente madura y que no tenga la menor alteración. 
- Antes de enterrarla conviene ponerla en remojo por espacio de 24 horas, al efecto de activar la germinación. La semilla que sobre, nada debe desecharse como inútil.
- Siémbrese muy espeso y al vuelo en terrenos muy bien preparados de antemano, y perfectamente abonados con excremento humano, estiércol de búfalos, caballos & c. &.c. 
- La superficie de este terreno debe estar nivelada, en términos de que en ella no se note la menor desigualdad.
- Por lo regular, se escogen para este objeto pedazos de tierra bien situados y muy anchos ; pues si se sembrase el arroz en grandes campos , sería difícil cuidarlo como se debe.
- Échense pues, las simientes en un paraje separado del resto del arrozal, y cubierto de una pulgada y aun de algo más de agua , y en este estado se deja todo hasta tanto que germine el grano. Luego que ha germinado se saca el agua, excepto la necesaria para que vaya filtrando a través de los gérmenes, y así que esta agua ha desaparecido, y que no queda absolutamente otra cosa que barro, se introduce nueva agua, teniendo cuidado de hacerlo por la tarde, y de repetir esta operación un día y otro, hasta tanto que se vea que va creciendo el sembrado.
- Desde el momento en que el arroz llega a tener de cuatro a cinco líneas de altura , conviene limitarse a mantener el agua en tal disposición, que estando siempre bañada la raíz no lo esté el tallo, el cual, según dicen los cultivadores, perecería en caso de permanecer dentro del agua mucho tiempo. 
- A los 20 ó 25 días de hecha la siembra se procede á la plantación del arroz en el arrozal grande, el cual ha debido al efecto prepararse en la forma que llevo dicho. En este momento, que es cuando ya tiene la planta de siete a diez pulgadas de altura, se la arranca, se la pone en haces y se la echa en el arrozal, dejando entre un haz y otro cierto trecho más o menos grande, según la cantidad de estiércoles con que se cuenta; hecho esto, se ponen manos a la obra los plantadores, y cogiendo cada uno un haz forman cuatro filas de matas más o menos separadas entre sí, según la calidad más ó menos pingüe de la tierra.
- Cada golpe se compone de cuatro, seis ú ocho matas; las distancia; que hay entre golpe y golpe es de seis a nueve pulgadas
- El tiempo más favorable para esta plantación es cuando hace calor; que esté nublado ó sereno importa poco, el viento, la lluvia y el frio son contrarios a la plantación del arroz. En el momento de esta operación no hay en los arrozales arriba de dos ó tres pulgadas de agua, pues a haber más estarían las plantas expuestas a perecer.
- Cuando hay que trasplantar matas de arroz que hayan ya echado cogollo, lo cual sucede bastante a menudo ya sea por tener que reemplazar matas de la primera plantación que perecieron, ya por haber faltado toda esta ó una parte de ella a consecuencia de alguna inundación o de exceso de sequía, en tales casos se trasplantará el arroz muy hondo, en términos de que queden las matas enterradas hasta más arriba del cogollo. Esta es práctica que nunca omiten los chinos, pues la tienen por de gran de importancia.
- Veinte días después de la plantación viene la escarda. En esta operación se emplea también un gran número de jornaleros, pero no tantos como en la primera. Estos hombres arrancan las malas yerbas, quitan todas las matas sobrantes en los golpes de arroz simétricamente plantados, y con los pies cubren y afirman los tallos de las plantas formándoles alrededor de la raíz un montoncito de tierra. 
- A los quince o veinte días de esta primera escarda, se da otra más expeditiva, en razón a que ya quedan menos yerbas que arrancar.
- Al proceder á estas operaciones, es menester no perder de vista:
- 1.° Que cuanto más se escarda tanto más nutrido será el grano. Y
- 2.° Que el arroz no trasplantado no produce casi nada: así a lo menos tengo experimentado yo.
- La cosecha se hace generalmente a los tres meses de su plantación.
- La trilla o separación de la paja y el grano se hace unas veces en el mismo campo, otras en casa del cosechero. 
- Desde el momento en que está el grano en sazón es menester evitar cuidadosamente que no se bañe la espiga en el agua, pues si así fuere germinaría.
- Trillado el arroz importa ponerlo inmediatamente a secar, é ínterin no esté seco, cuidar de que no le de el sol.
- Los trabajos que exige el cultivo del arroz se ejecutan por jornaleros tomados en las épocas de la plantación de la escarda y de la recolección. Estos hombres, que por lo regular no tienen ni tierras, ni otra propiedad alguna, ganan la vida porteando géneros por los caminos.
- Al verlos trabajar en los arrozales, en medio de un agua fétida y expuestos a los rayos de un sol abrasador, naturalmente creería cualquiera que deben estar a menudo enfermos los cultivadores de semejante país. Nada de eso, ocho años he vivido en medio de ellos, y puedo asegurar que no se cuenta entre ellos más enfermos que entre los que se ocupan de cualquier otro cultivo.
- Sin pretender explicar de un modo positivo este hecho, presumo que el estado satisfactorio de salud procede del régimen de vida que siguen, tanto en la época de la plantación, como durante la escarda y la recolección del grano. 
- Desde el amanecer empiezan a beber té: bébenlo luego en el almuerzo; bebénlo y con abundancia entre el almuerzo y la comida, y entre la comida y la cena, acompañando esta bebida con algunos tragos de vino, o por mejor decir, de aguardiente de arroz o de mijo. Si el propietario es rico, da a sus trabajadores carne en todas las comidas; si es pobre, dásela por lo menos una vez al día.
-El té que entre las comidas beben, va mezclado con ciertas yerbas secas y saladas, y antes de sentarse a comer hacen uso de la pipa. Por la noche, después de cenar, se lavan todo el cuerpo con agua bien caliente, y así se retiran a sus casas dispuestos a empezar la misma faena al día siguiente.
- Siempre he creído, al verlos trabajar de esa manera durante un día y otro y otro, que si en nuestros países de Europa se hiciese lo mismo, se contraerían gravísimas cuando no mortales enfermedades.
- En China, la proximidad de los arrozales, no producen por lo regular esas fiebres que en primavera y en otoño aquejan a todos los países bajos y pantanosos de Europa; pero también debo decir que el cultivador chino sigue todo el año, aun cuando no trabaje en los arrozales, un régimen análogo al que acabo de describir, y que consiste en fumar mucho, lavarse a menudo con agua caliente, tomar constantemente té y no beber nunca agua fría.
- Estas  precauciones esencialísimas, y puedo decirlo por experiencia propia, pues una imprudencia que en esta parte cometí hace algún tiempo, me ha ocasionado una enfermedad, que es la única grave que desde mi llegada a China he padecido".
- Esto dice el abate Voisin acerca del cultivo del arroz en aquellas apartadas regiones.
- Volviendo a la nuestra, veamos lo que acerca de este cultivo dice Mr. de Gasparín, uno de los hombres más versados en la ciencia y más al corriente de todas las prácticas agrícolas, sobre todo de las que se siguen ó conviene seguir en los países meridionales de Europa, y en general en las costas del Mediterráneo.
Textos personales de Gasparín: “Mucho se han exagerado, dice este entendido agrónomo, las ventajas del cultivo del arroz. 
- Este cultivo paga muy poco más que la renta que, puesto el terreno en otro estado, podría sacarse de él, y su principal mérito consiste en la supresión del barbecho.
- También seria muy fácil probar qué con los elementos necesarios para el cultivo del arroz, cual son el riego y el clima, se podría, merced á un sistema de agricultura bien entendido, obtener de la tierra productos superiores a los de este cereal sin exponer poblaciones enteras a los peligros que ofrece su labor. 
- Y no hay duda de que si los Gobiernos de Europa exigiesen de los propietarios de arrozales que pagasen los gastos de médico, botica y hospitales que ocasiona su cultivo, y que atendiesen cual debieran á las viudas y a los huérfanos de las víctimas de la insalubridad causada por él, no hay duda, digo, que estos gastos absorberían con mucho las pretendidas ganancias de dichos propietarios. Y qué, ¿sería por ventura injusta cualquier medida que impusiese a los autores del mal la obligación de repararlo?”.
- Yo creo con Mr. de Gasparín, qué bien examinada la cuestión, el cultivo del arroz, tal cual en el día existe, es un mal, que al Gobierno toca remediar o a lo menos corregir.
- El mejor modo de hacerlo con ventajas para la generalidad y sin perjuicios para nadie, es animar á los labradores por todos los medios posibles á ensayar é introducir en sus tierras el arroz, no diré de secano (pues esto no lo creo posible), pero sí de regadío, asimilando este cultivo al maíz ó al de cualquiera otra de esas plantas para cuya vegetación es necesaria el agua; pero que sin embargo pueden vegetar y hasta vegetan mucho mejor fuera de ella.
- Los productos de la cosecha de arroz son muy variables; lo regular es de 16 á 18 veces la simiente. Comparado con el que da el trigo, este resultado es verdaderamente satisfactorio por lo que respecta á la cantidad de grano; pero no lo es tanto, ni con mucho, por lo que respecta á sus elementos nutritivos, cuyo análisis hecho por Mr. Payen ha dado los resultados siguientes:
Almidón, 86,9.
Glúten y albúmina, 7,5.
Materias crasas, 0 ,8.
Goma y azúcar, 0,5.
Sustancias leñosas, 3,4.
Sales calcáreas y potasa, 0 ,9.
Total, 100,0 . (Idem.)
 FIN. Gaceta núm. 1816, de 25/12/1857, páginas 3 a 4.
ADDENDA:
EL ARROZ: El arroz, forma parte de un grupo de 19 especies de hierbas anuales de la familia de las Gramíneas, aunque es el arroz común (Oryza sativa) la única especie importante para el consumo humano.
LOS ARROZALES EN ESPAÑA: La cuna del muy singular cultivo del arroz en España, es la Albufera de Valencia. A lo largo del siglo XIX se produjo una gran expansión del cultivo del arroz por el resto de España de la mano de familias valencianas.
- Con el fin de contribuir a restablecer el equilibrio entre los diferentes factores que determinaban el costo de producción del arroz, buscando mediante la asociación y la cooperación, debidamente organizadas y establecidas entre cultivadores de arroz, propietarios de tierras de arrozales, elaboradores del producto, y comerciantes exportadores del mismo, trataron de conseguir mejoras de forma gradual con el fin de conseguir que el cultivo, elaboración y comercio del arroz y productos derivados, se desarrollasen en plazos y condiciones económicas propicias para existir y defenderse por sí mismos, y poder competir ventajosamente el arroz español en los mercados extranjeros.
ARCHIVO FOTOGRÁFICO: "JORNALEROS DE LA RIBERA (CABANES), EN LAS PLANTACIONES DE ARROZ DEL PRAT".
Colla de jornalers i jornaleres, Prat de la Ribera de Cabanes.

Trilladora, Prat de la Ribera de Cabanes.

Fangejant, Prat de la Ribera de Cabanes.



domingo, 10 de noviembre de 2019

SALINAS


VESTIGIS DE SALINES MEDIEVALS A TORREBLANCA, EL COMERÇ DE LA SAL A L’ENTORN DEL TERRITORI MEDIEVAL DE XIVERT I ALBALAT.
JUAN EMILIO PRADES BEL
RESUM: Aquest treball de divulgació, pretén posar en valor d'estudi una antiga i oblidada zona salinera per a l'extracció i l'obtenció de sal marina, es tracta de les salines de Torreblanca que varen ocupar una gran extensió de terres al llarg d'una franja litoral continental que afectà unes 20/ 25 hectàrees de terreny, un indret on els pobladors del lloc en l'època medieval islàmica varen excavar i rebaixar el sòl fins al nivell de mar. L'extracció de sal i el seu comerç ajuden a fer-ne un plantejament sobre l'ocupació rural al voltant de les salines, i les connotacions històriques, culturals i patrimonials dels pobladors que ocuparen estes terres a l'època alt medieval.
RESUMEN: Este trabajo de divulgación, pretende poner en valor de estudio una antigua y olvidada zona salinera de época medieval, que sirvió para la extracción y la obtención de sal marina, se trata de las salinas de Torreblanca que ocuparon una gran extensión de terreno a lo largo de la franja litoral continental que afectó a unas 20/25 hectáreas de terreno, un lugar donde los pobladores medievales del lugar de la época islámica excavaron y rebajaron el suelo hasta el nivel de mar. La extracción de sal y su comercio, son las bases que ayudaran a hacer un planteamiento de estudio sobre la ocupación rural, la economía, y las connotaciones históricas, culturales y patrimoniales de los pobladores que ocuparon estas tierras alrededor de las salinas en época medieval.
ABSTRACT: This work outreach, seeks to value study an ancient and forgotten medieval salt area, which was used for the extraction and production of sea salt is the salt of Torreblanca which occupied a large area to along the continental coastline that affected about 20/25 acres of land, a place where medieval inhabitants of the place of the Islamic period excavated and lowered the floor to sea level. Salt extraction and trade, are the bases to help you make an approach to the study of rural employment, the economy, and the historical, cultural and economic connotations of the people who occupied these lands near Salinas in medieval times.
EXPOSICIÓ:
L'orografia litoral continental de Torreblanca (Castelló, comarca Plana Baixa, Comunitat Valenciana) es caracteritza per tenir una costa baixa, amb zones fàcilment inundables amb nivells de sòl o per baix o a nivell del mar, que s'estenen al llarg del litoral continental torreblanquí, llocs on antany van existir i encara existeixen llacunes costaneres i zones fàcilment inundables. En aquest medi costaner de litoral baix, en la zona nord de la costa de Torreblanca / Torrenostra, que s'estén fins a Capicorb (al terme d'Alcalà de Xivert), fa aproximadament uns mil anys, en l'alta edat mitjana es va iniciar una activitat econòmica molt lucrativa i necessària en l'època, es tractava del comerç de la sal, amb la construcció en aquest medi de salines (canals, eres, parcel-les) per a la producció i elaboració de sal marina. La lectura que es desprèn de la interpretació del medi físic que envolta el lloc, és que ens trobem amb un territori amb activitats econòmiques enquadrades en l'edat mitjana, sent testimonis de l'evidència del que va poder haver estat una important zona salinera, avui dia es mostra com un dipòsit natural on va haver-hi estanys, eres, parcel-les per a l'evaporació de l'aigua del mar. La zona de vestigis de sòl que probablement albergaven les salines es troben a la zona nord de Torrenostra, es tracta d'una zona delimitada i anomenada amb els topònims Clot d'en Tomàs / Prat d'en Bel, es tracta d'un terreny ubicat al costat del litoral i paral·lel a la mar amb una orientació nord-est / sud-oest, amb una extensió d'aproximadament uns 1000 metres de llarg i unes 20/25 hectàrees de terreny afectat, que tenen els següents límits confrontants, a l'est limita amb la “Cañada del Mar”, un camí ramader històric i mil-lenàri costaner, que circula en paral·lel a la costa mar Mediterrani, està via ramadera discorre pel Serradal amb una amplada de 45 metres a partir de la vora de la mar, avui dia el camí antic que va existir a trams, està desaparegut per l'acció marina, a l'oest limita amb el camí del Campàs i al camí l'Atall de Torrenostra a Capicorb, al sud aquesta acotada per la fàbrica del peix una construcció de mitat del segle XX, i al nord-est limita amb la finca agrícola de El Campàs, en total l'àrea d’exploració ocupa aproximadament unes 25 hectàrees de terreny que es van haver de transformar per poder habilitar i desenvolupar l'activitat salinera, el subsòl i base d'esta àrea és rocós format per un subsòl de roques de conglomerat de sediments quaternaris dipositat per vies fluvials fa aproximadament un 1.000.000 d'anys, estes roques a la part central de l'àrea central de la zona salinera afloren a la superfície, per construir les salines es van haver de rebaixar el nivell de sòl, per a poder cobrir les parcel-les d'aigua de mar , les terres i pedres que es van excavar i extraure es van traslladar i acumular a la part central del Clot d'en Tomàs-Prat d'en Bel, ubicant-les en el lloc on més afloraven i emergien les roques , aquesta terra va servir en el seu nou lloc per elevar el terreny i crear nova terra de conreu que ocupava la part central de l'àrea entre les salines i que encara existeix. Aquestes salines arcaiques es van explotar en època islàmica, els vestigis d'hàbitats dispers d'aquesta cultura envolten les salines, com s'ha pogut apreciar amb les grans remocions de terres al llarg de tot el segle XX, amb aixecament i l'anivellament de les terres i bancals per irrigar-los, en uns 60 anys s'ha aixecat, remogut i anivellat tot el subsòl gradient pla del terme de Torreblanca quan passa de ser una zona de secà a ser zona d'irrigació i regadiu per la perforació de múltiples pous artesians, una transformació del secà a regadiu que va transformar les terres i va alterar el paisatge cultural arcaic. Cal esmentar l'existència d'un gran cementiri islàmic que va aparéixer en la transformació mecànica a mitjan segle XX en la part baixa de la finca del Mas del Vaporet, que dóna evidència de la importància de la zona com a hàbitat en època islàmica. El límit més septentrional de les salines es trobaven al costat del límit sud de la finca agrària del Campàs, aquest marge estava delimitat fins fa uns 20 anys per una alineació de palmeres datileres plantades en els marges de la nobiliària finca, aquesta alineació va ser un últim reducte i el lloc d'extinció del que va ser un antic cultiu a l'època medieval de la finca del Campàs, en què va existir antany un extens palmerar que va existir al costat del mar a la costa de Torreblanca. Els terrenys de les salines amb un sòl de terra format per dipòsits amb escassa permeabilitat compost de partícules de argiles, margues i llims, es van llaurar i anivellar en els anys 60 del segle XX, per plantar arròs, però no va ser un terreny apte per l'altíssima salinitat que contenia el terreny pel qual es va abandonar el projecte. Amb el cultiu i l'anivellació del terreny per a l'agricultura es van esborrar els vestigis dels marges de les eres i les parcel-les salineres. En la dècada de finals dels anys seixanta i principis del setanta l'exèrcit de terra va fer maniobres militars en aquest lloc durant uns anys, arribaven les companyies per ferrocarril a l'estació de Torreblanca, i baixaven a la costa a muntar els campaments, feien pràctiques de tir d'armes lleugeres i artilleria, l'exèrcit va habilitar la zona anomenada la trinxera per acampar, terraplenant per a tal fi un quadró del terreny saliner inundable d'unes dues hectàrees que van alçar més d'un metre, terraplenat el terreny amb graves i còdols del Serradal confrontant. A les salines han proliferat com a vegetació autòctona el canyís i les salicòrnies (salobreres) que han servit de pastura durant segles per al bestiar oví i boví. 
CONCLUSIONS:
La finalitat de l'elaboració de la sal, i la destinació de la producció al comerç, seria fonamentalment per al proveïment de sal als ramats de bestià, per a la salaó de peix i per al consum humà. L'economia salinera d'este indret, va poder ser un element substancial per a l'organització d'este territori medieval d'Albalat, Torreblanca, Xivert, Alcalà i Capicorb. Hi a la possibilitat d'establir certes relacions entre l'explotació salinera, i una de les activitats econòmiques més important en l'època medieval com va ser la ramaderia.
ADDENDA:
- (Jaume I, ordena als homes dels termes de Morella, Culla, Cervera, Coves de Vinromà, Albalat i Benifassà, no compren sal que no siga de Peníscola).
Fuente: J. Sánchez Adell (1975): "Notas para la historia de la sal en la Edad Media". Millars, II. Castelló (1975), pp. 29-45. Revisada la transcripció en 1999 a partir del manuscrit de referència
Arxiu de la Corona d'Aragó. Barcelona. Cancelleria reial. Pergamí nº 1754 de Jaume I. Còpia autoritzada de 1304. Año1263, agost 24. València
Texte original: “Hoc est translatum bene et fideliter factum idus ianuarii anno Domini millesimo trescentesimo tercio, sumptum a quadam litera papirea illustrissimi domini Jacobi, felicis recordacionis regis Aragonum, sigillata sigillo suo minori cereo fixo in dorso, tenor cuius litere dignoscitur esse talis:
Jacobus Dei gracia rex Aragonum, Maioricarum et Valencie, comes Barchinone et Urgelli et dominus Montispesulani.
Fidelibus suis universis hominibus de Morella et terminorum suorum, de Culla et terminis suis, de Cervaria et terminis suis, et hominibus de Coves et terminis suis, de Exivert et terminis suis, et hominibus Albalat, et termini fratrum de Benifazano; salutem et graciam.
Mandamus vobis firmiter, quatenus omnes vos superius nominati, utamini de sale Paniscole et accipiatis de eodem et non aliquo alio sale.
Et hoc non mutetis aliqua racione.
Scientes quod si aliquis vestrum usus fuerit alio sale, nisi de sale Paniscole supradicto, unicumque inventus fuerit utente alio sale, amitat bestiam et omnia que secum apportabit sine aliquo remedio.
Datum Barchinone IX kalendas septembris anno Domini millesimo ducentesimo sexagessimo tercio.
Sig+num Petro Ferrarii, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Mathei Calonge, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Guillermi de Verneto, notarii publici Valencie, qui hec fecit fideliter translatari die et anno in prima linea contentis”.

CARTA PUEBLA DE CABANES:
- (Año 1243, juny 19. Ponç de Torrelles, bisbe de Tortosa, atorga la carta pobla de Cabanes).
Fuente: Enric Guinot Rodríguez (1991): “Les cartes de poblament medievals valencianes”.
Edició d'Enric Guinot Rodríguez. València 1991, pp. 170-173.:
Texte original: “Notum sit cunctis quod nos, Poncius, Dei gratia dertusensis episcopus, et nos Guillelmus, prior eiusdem loci, assensu et voluntate totius capituli nostri, damus et concedimus vobis Johani de Na Rama, Allegre, P. Ferrario, A. Cathalano, Aquiloni de Cabacerio et Bartholomeo de Alcurisia, et omnibus aliis populatoribus presentibus ac futuris, villam de Cabanis cum suis terminis et affrontationibus universis, sicut includitur ab oriente in serra sub Quexa, que dividit cum Albalato; a merydie in visu Mirabeti et in serra que dividit cum Suffera et Rixser, usque in visu de Burriol, de serra in usque ad podium de Gaydones, et de podio de Gaidones usque ad archum sicut dividit cum Villafamez, de archu usque ad mesquitam que dividit terminos de Cabanis et de Benifaxo; a circio in capite honoris Petri Alegre, et sicut terminus dividit ad baranchum de Subarra, [et de barrancho de Subarra] usque ad serram de Quexa, que dividitur cum Albalato.
Sicut dividunt istis terminis et affrontationibus includuntur, damus vobis et vestris in perpetuum per nos et omnes nostros successores dictam villam, cum omnibus terris, lignis, arboribus, aquis, pascuis, ad omnes usus vestros, cum suis pertinentiis et universis ad bene populandum, excolendum et laborandum.
Ita quod in eadem villa instituatis octuaginta populatores qui in ipsa villa hereditatem et suas habeant mansiones continuam residentiam facientes.
Ibidem, infra autem predictos terminos ville de Cabanis supradicte, nostram nobis dominicaturam retinemus.
Damus etiam vobis et vestris in perpetuum vallem de Rixer, in qua vestros ortos construatis. Set in eadem villa retinemus nobis molendina et duos ortos, quorum ortorum unusquisque in se contineat unam fanechatam seminature.
Retinemus etiam nobis et successoribus nostris decimam et primiciam panis, scilicet vini et olei et ortaliciis, et de omnibus aliis fructibus quos terra producit.
Et decimam et primiciam similiter de omnibus animalibus in hunc modum, quod pro vitulo, pullino, eque vel asine, detis nobis pro unoquoque VI denarios iachcenses, et de omnibus autem capris et porcis detis nobis decimam et primiciam fideliter et integre, et de pullis vero et anseribus, si populator unum habuerit vel centum, aut amplius, det nobis pro decima unum quilibet populator.
Item, pro locido retinemus nobis quod unaquaque hereditas populatoris det nobis mediam fanecham tritici et mediam fanecham ordei, liceatque vobis ferrarium vestrum vel ferrarios habere quos volueritis. Si vero ferrarius fuerit indecens vel mali operator, et vos a nobis moniti dictum ferrarium corrigere volueritis, nos ipsum expellere possimus et vos alium inducatis, qui operam faciat populatoribus competenter. Quicumque autem ferrarius aut ferrarii inductus vel inducti fuerint, teneantur opera facere episcopo et priori, que necessaria fuerint laboratoribus nostrarum dominicaturarum, sine omni missione nostra vel expensa, et de locido vero absolvimus omnes populatores ab hoc presenti festo sancti Johannis usque ad duos annos, et ex tunc ab omnibus dictum locidum habeamus.
Item, retinemus nobis quod unusquisque venator predicte ville de Cabanis teneatur nobis dare, si venationem exercerint semel in anno, et in Natale Domini, duo paria cuniculorum.
Item, retinemus nobis omnes furnos et molendina que in termino dicte ville de Cabanis, et in valle de Rixer edificari poterunt; itaquod nos teneamur vobis coquere panem pro vicesimo quinto pane; teneamur vobis bladum molere pro sexta decima mensura.
Si quidem, retinemus nobis et successoribus nostris iusticias et stachamenta atque firmamenta.
Predicta autem omnia damus vobis et successoribus vestris, ad bonas consuetudines civitatis Illerde.
Si vero causa sive placitum fuerit inter vos omnes, et vos vel aliquem de universitate vestra, teneamini sub nostro iudice respondere, qui vobis non possit nec debeat esse suspectus, et si ab illo volueritis appellare liceat vobis.
Ita tamen, quod coram alio iudice a nobis constituto, qui suspectus haberi non possit causam appellationis prosequamini sub eodem.
Et si causa sive placitum inter nos et vos fuerit, liceat vobis semel appellare a baiulo sive iudice nostro, qui ibi pro nobis fuerit institutus ad convicinos vestros.
Et si aliam appellationem facere volueritis ad nos, faciatis eandem.
Idem retinemus nobis exercitum, ut quandocumque episcopus dertusensis, vel ecclesia, exercitum fecerit vel cavalcatam, teneamini sequi ipsum; sed ad cumulum gratiarum, vos ab omni exercitu vel cavalcata absolvimus, ab hoc preterito festo Pasche usque ad sex annos.
De omnibus siquidem inventionibus vel trobis, hanc inde medietatem inventor et nobis aliam retinemus.
Addimus etiam districtius inhibentes, quod nullus miles vel populator seu habitator ville de Cabanis vel totius termini Mirabeti, in cuius termino predicta villa consistit, guerram vel pignus aliquod facere presumat, nisi de spetiali licentia episcopi et prioris liceatque vobis et vestris predecessoribus in perpetuum honores et possessiones predicte ville de Cabanis vendere, inpignorare, vel alienare, omni vestro consimili laboratori, preter militibus atque sanctis.
Quod est actum XIIIº kalendas iulii anno Domini Mº CCº XLº IIIº.
Ego, Poncius, dertusensis episcopus subscribo.
Sig+num Guillermus, prioris. Ego, Dominicus, prior claustralis, subscribo, sig+num. Ego Bernardus, archidiaconus dertusensis, sig+num. Arnaldi, dertusensis sacriste, sig+num. Petri de Podio, dertusensis hospitalarii, sig+num. B. de Fenolario, precentoris Dertuse, etc”.

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