GENTES,
COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE TIERRAS
CASTELLONENSES:
Por JUAN
E. PRADES BEL
HISTORIAS
DEL MAR:
LA
GOLETA HOLANDESA IRIS, HUNDIDA FRENTE AL CABO DE OROPESA, PATRIMONIO
HISTÓRICO SUMERGIDO DE ORPESA, AÑO 1866.
Escribe:
JUAN EMILIO PRADES BEL.
PATRIMONIO HISTÓRICO SUMERGIDO, EL PECIO "IRIS" (Por Juan E. Prades): Los buques hundidos son patrimonio histórico, y cuentan con protección jurídica por la Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español.
TEMÁTICA: Este artículo de divulgación e interpretación del patrimonio trata sobre el incendio y posterior hundimiento de la goleta holandesa "IRIS", accidentado a la altura del Cabo de Oropesa en la província marítima de Castellón.
INTRODUCCIÓN: Los periódicos “El Pensamiento Español” (Madrid).de 9/11/1866, página 3, y
en “El Pabellón Nacional” (Madrid) del 10/11/ 1866, daban cuenta del naufragio de un buque mercante y su pérdida por hundimiento en alta mar, los
hechos ocurrieron al anochecer del día 29 de octubre de 1866, por un incendio a bordo, estando a la altura y frente del faro del
Cabo de Oropesa, el buque siniestrado era una goleta de nacionalidad holandesa
llamada “IRIS”, con cinco tripulantes a bordo.
- La
goleta IRIS procedía de un Grao de la provincia de Tarragona, donde había
cargado avellanas y toneles con vino, y descendía por la costa en busca del paso
del Estrecho de Gibraltar, en un largo viaje de España hacia Londres.
LA PÉRDIDA
DE LA GOLETA HOLANDESA IRIS.
FUENTES,
DOCUMENTOS: “El Pensamiento español” (Madrid). 9/11/1866, página 3; y “El
Pabellón Nacional” (Madrid). 10/11/1866, página 4., con el mismo texto.
EXPOSICIÓN
DOCUMENTAL; Textos: VALENCIA. “Un periódico de Valencia refiere
en los siguientes términos un siniestro marítimo ocurrido cerca de aquella
costa: A 24 millas de ella, y frente al Faro de Oropesa,
la goleta holandesa Iris, procedente de Tarragona para Londres, con cargo
de vino y avellanas, fue presa de un voraz incendio en la noche del 29 de octubre
próximo. Hacía cuatro ó cinco días, que la tripulación se había apercibido de
un olor especial que se exhalaba desde el fondo del buque, sin poder explicar
naturalmente su causa, cuando al anochecer del citado día, después de dar el
capitán la orden de lo que había de hacerse para comer al día siguiente, bajó
el cocinero á tomar las raciones, y fue sorprendido en la bodega por los
indicios de un fuego que sin duda había ido desarrollándose poco á poco.
Declarado instantáneamente el incendio por la impresión del aire, á la media
hora eran tales los estragos de las llamas, que el capitán, Mr. Roucour, su
segundo y tres tripulantes, uno de ellos negro, después de haber arrojado
inútilmente al fuego la poca agua que llevaban para beber y la que luego
pudieron extraer del mar, abandonaron el buque, sin poder recoger ni aun los
papeles, y salvaron sus vidas valiéndose del bote de la goleta, merced al cual
llegaron á media noche á la costa, no sin grandes peligros, y en el estado de
ánimo que es de suponer. Afortunadamente, los carabineros
de la costa socorrieron á los náufragos, dispensándoles todo género de
auxilios, hasta el extremo de darles su propio pan y cederlos sus propias
ropas, mientras se secaba la de los infortunados marinos; y el señor comandante
general de Castellón, después de cerciorado de la procedencia de aquellos
extranjeros, les dio hospedaje, comida, y hasta les pagó el pasaje para esta
capital en 1.º de Octubre.
- Llegados
á nuestra ciudad, el Sr. D. Miguel Maupoey, cónsul de S. M. el Rey de los
Países-Bajos, después de llenadas las formalidades de la ley, ha protegido á
los súbditos holandeses, proporcionándoles hospedaje y vestidos, pues el
capitán no salvó más que la brújula, y los marineros solo un poco de ropa de su
pequeño equipaje.
- Estos
días van apareciendo en la costa algunas pipas de vino que han sobrenadado
después de hundirse el buque y en su consecuencia, las autoridades militar y
marítima han trasmitido las órdenes oportunas para que se recojan y entreguen
donde corresponde los restos del naufragio.»
ADDENDA:
Adiciones
y complementos sobre temáticas y motivos referidos en el artículo (Por Juan E.
Prades):
FARO DE OROPESA: El
faro de Oropesa de Mar es un faro que existe en la actualidad, situado en lo
alto de un pequeño monte litoral en la localidad de Oropesa del Mar, en la
provincia de Castellón, Comunidad Valenciana, España. Está gestionado por la
autoridad portuaria de Castellón de la Plana.
HISTORIA
DEL FARO DE OROPESA: Está situado en el cabo de Oropesa, que divide en dos
porciones la costa de la provincia de Castellón, junto a la Torre del Rey. Se
inauguró este faro en 1857, utilizando como combustible aceite de oliva,
parafina y después petróleo.
CARABINEROS
DE COSTA: El Puesto de Oropesa con el destacamento de Carabineros, estaba en la Torre
del Rey, desde el 23 de diciembre de 1850.
PECIOS:
Los buques hundidos son patrimonio histórico, y cuentan con protección jurídica
por la Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español.
LEY DE
PATRIMONIO HISTORICO ESPAÑOL DE 1985: Textos: “El Patrimonio Histórico Español
es una riqueza colectiva que contiene las expresiones más dignas de aprecio en
la aportación histórica de los españoles a la cultura universal. Su valor lo
proporciona la estima que, como elemento de identidad cultural, merece a la
sensibilidad de los ciudadanos, porque los bienes que lo integran se han
convertido en patrimoniales debido exclusivamente a la acción social que
cumplen, directamente derivada del aprecio con que los mismos ciudadanos los
han ido revalorizando.
-
Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de
interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico,
científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y
bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios
naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o
antropológico. Los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico Español
deberán ser inventariados o declarados de interés cultural en los términos
previstos en esta Ley. Forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes
muebles o inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con
metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en
la superficie o en el subsuelo, en el mar territorial o en la plataforma
continental. Forman parte, asimismo, de este Patrimonio los elementos
geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre y sus
orígenes y antecedentes.”
FIN.
Goleta. |
Goletas. |
Buena información, Juan Emilio.
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